Código Internacional de Comercialización de Sucedáneos de la Leche Materna

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El Código Internacional de Comercialización de Sucedáneos de la Leche Materna es una serie de normas y recomendaciones establecidas por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la UNICEF para regular la comercialización y promoción de productos que son sustitutos de la leche materna, como las fórmulas infantiles. El objetivo principal del código es proteger y promover la lactancia materna como la forma óptima de alimentación para los bebés.

En 1981, la Asamblea Mundial de la Salud (AMS), parte de la Organización Mundial de la Salud (OMS), adoptó el Código Internacional de Comercialización de Sucedáneos de la Leche Materna como requisito mínimo para proteger las prácticas saludables con respecto a la alimentación de lactantes y niños pequeños mediante la regulación de la comercialización de sucedáneos de la leche materna, biberones y tetinas. El Código de la OMS prohíbe toda promoción de la alimentación con biberón y establece requisitos de etiquetado e información sobre la alimentación infantil.

¿Qué es un sustituto de la leche materna?

Los sustitutos de la leche materna abarcan cualquier tipo de leche o producto que pueda usarse como reemplazo, como la leche de soja enriquecida, destinados específicamente a la alimentación de niños hasta los 3 años, incluyendo fórmulas de continuación y leches de crecimiento. El objetivo del Código de la OMS es prevenir la promoción inadecuada de alimentos y bebidas como adecuados para la alimentación del bebé durante los primeros 6 meses de vida, cuando se recomienda la lactancia materna exclusiva.

El Código incluye estas diez disposiciones importantes:

1. Objetivo: El Código tiene como objetivo proteger y promover la lactancia materna garantizando una comercialización y distribución adecuadas de los sucedáneos de la leche materna.

2. Alcance: El Código se aplica a los sucedáneos de la leche materna, cuando se comercialicen o se representen de otro modo como un reemplazo parcial o total de la leche materna. Estos sustitutos de la leche materna pueden incluir alimentos y bebidas como:

– Fórmula infantil.
– Leches de seguimiento.
– Otros productos lácteos.
– Cereales para bebes.
– Tés y jugos para bebés.
– Mezclas de verduras.

El Código también se aplica a los biberones y tetinas. Algunos países han ampliado el alcance del Código para incluir alimentos o líquidos utilizados como sucedáneos de la leche materna y chupones.

3. Publicidad: No se permite publicidad al público de los productos anteriores.

4. Muestras: No se permiten muestras gratuitas a las madres, sus familias ni a los trabajadores de la salud.

5. Instalaciones de atención médica: No se permiten promociones de productos, es decir, no se permiten exhibiciones de productos, carteles ni distribución de materiales promocionales. No se permite el uso de enfermeras especializadas ni de personal similar pagado por la empresa.

6. Trabajadores de la salud: No se permiten obsequios ni muestras a los trabajadores de la salud. La información del producto debe ser objetiva y científica.

7. Suministros: No se permiten suministros gratuitos o de bajo costo de sucedáneos de la leche materna a ninguna parte del sistema de atención médica.

8. Información: La información y los materiales educativos deben explicar los beneficios de la lactancia materna, los riesgos para la salud asociados con la alimentación con biberón y los costos del uso de fórmula infantil.

9. Etiquetas: Las etiquetas de los productos deben indicar claramente la superioridad de la lactancia materna, la necesidad del consejo de un trabajador de la salud y una advertencia sobre los riesgos para la salud. No se permiten fotografías de bebés u otros imágenes o textos que idealicen el uso de fórmulas infantiles.

10. Productos: No se deben promocionar para los bebés productos inadecuados, como la leche condensada azucarada. Todos los productos deben ser de alta calidad (estándares del Codex Alimentarius), tener fechas de caducidad y tener en cuenta las condiciones climáticas y de almacenamiento del país donde se utilizan.

El Código no tiene por objeto impedir que la mujer pudiera elegir cómo alimentar a su bebé. Su objetivo es garantizar que todos los padres y cuidadores tengan acceso a información objetiva, precisa y completa sobre las prácticas de alimentación, libre de influencias comerciales. El Código se aclara y amplía periódicamente en las Asambleas Mundiales de la Salud.

Todas las familias merecen tomar decisiones informadas sobre la alimentación de los lactantes y niños pequeños basadas en información objetiva y libre de marketing confuso y explotador.

Código Internacional de Comercialización de Sucedáneos de la Leche Materna

Soy Viviana, mami de Sofia y de Maia. Dueñas las 3 de F, nuestro amor y rey de la casa. Doula, Social Media Mom & WAHM. Este blog está online de manera ininterrumpida desde 2005.

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